Las “armas secretas” para frenar el acuerdo que protege las obras del gobierno de AMLO
Desde el Congreso de la Unión, organizaciones de la sociedad civil y hasta la ciudadanía, estas son las formas en […]
Desde el Congreso de la Unión, organizaciones de la sociedad civil y hasta la ciudadanía, estas son las formas en las que se puede impugnar el acuerdo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este lunes que considera a los proyectos de infraestructura del gobierno de interés público y seguridad nacional.
En Grupo Fórmula consultamos a diversos especialistas en Derecho para conocer qué alternativas hay para detener los efectos del “decretazo”.
Hugo Concha, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, explicó que ante la invasión de competencias del poder Legislativo, desde el Congreso de la Unión se puede interponer una acción de inconstitucionalidad, siempre y cuando se promueva por una fracción equivalente al 33% de los miembros de la Cámara de Diputados o del Senado. En este caso, las obras del gobierno están relacionadas con distintas entidades, por lo que una legislatura estatal también podría interponer una acción de este tipo.
A este respecto, José Perdomo, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad La Salle, consideró una opción lejana que la acción venga de alguna de las cámaras federales, pues están controladas por Morena, el partido del presidente.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos también podría ir en contra de este acuerdo si observa que vulnera derechos humanos que están en la Constitución, por ejemplo, en materia ambiental.
En ese sentido, el también abogado de la UNAM Juvenal Lobato explica que una de las figuras mencionadas en el acuerdo como la “autorización provisional” con vigencia de doce meses, que podría utilizarse para exentar el trámite de las manifestaciones de impacto ambiental, ni siquiera existe en alguna ley.
“Otro órgano que también puede impugnar es el INAI, (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales). Está previsto en la Constitución que puede interponer una acción de inconstitucionalidad cuando se vulnera el derecho de acceso a la información pública”, afirmó el especialista.
Esta tarde, el INAI anunció que prepara una controversia constitucional en contra de este acuerdo.
Desde la ciudadanía se puede interponer un amparo por violación de derechos, según explicó el investigador:
“Puedes en este momento impugnarlo porque hay una violación y tendrías que fundamentar qué derechos se están violentando o podrías esperarte a un acto de aplicación de este acuerdo y en ese momento también tendrías el plazo de 15 días para interponer tu amparo”.
Uno de estos casos, señala Hugo Concha, es cuando al ciudadano le afecte el proyecto. Por ejemplo, que una persona pida información sobre la obra y no se la den. También hay amparos colectivos, es decir, un grupo que se junta para interponerlo.
En el caso de los amparos, el acuerdo podría frenarse en un corto plazo si el juzgador otorga una suspensión provisional.
En este caso, Lobato vaticinó que es difícil que un juez ante el que se tramite el amparo pueda utilizar este acuerdo como argumento para no conceder la protección de su derecho a la ciudadanía.
“No pienso que ningún juez de distrito, que son los que conceden amparos, puedan negar una suspensión con base en este acuerdo. No puede negar un amparo o una suspensión”, concluyó.
*Con información de Luis Lozano